Un nuevo proyecto de ley fue presentado en la Legislatura de Río Negro con el objetivo de saldar una deuda pendiente en materia de inclusión y acceso a la justicia: garantizar que las niñas, niños y adolescentes con discapacidad auditiva cuenten con la asistencia de un intérprete de Lengua de Señas Argentina (LSA) en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los involucre.
La iniciativa fue impulsada por el legislador Juan Martín, con el acompañamiento de Martina Lacour, Juan Murillo Ongaro, María Laura Frei y Ofelia Stupenengo. Este proyecto no es nuevo, sino que insisten frente a la inminente pérdida de estado parlamentario de iniciativas idénticas presentadas en 2022 y a principios de 2024, las cuales no fueron tratadas por la Cámara ni recibieron observaciones que justificaran su rechazo.
Modificaciones a la normativa vigente
El núcleo de la propuesta radica en la modificación de la Ley D Nº 4109, que rige la protección integral de los derechos de los niños y adolescentes en Río Negro. Puntualmente, se busca reformar el Artículo 18 (“Derecho a ser oído”) y el inciso d) del Artículo 68 (“De Los Derechos y Garantías Procesales”).
Con la nueva redacción, la ley establecerá de manera explícita que, en todas las situaciones donde la capacidad auditiva se vea comprometida, el Estado deberá proveer un intérprete en LSA para que los menores puedan dar su opinión y ser escuchados. Esto incluye ámbitos especialmente sensibles, como las declaraciones en casos de delitos sexuales cometidos contra menores, donde la intervención conjunta de profesionales psicosociales y el intérprete será obligatoria.
Derribando barreras para los más vulnerables
En los fundamentos del proyecto, Martín argumenta que “los niños y adolescentes con algún tipo de discapacidad conforman uno de los grupos más vulnerables de la sociedad, enfrentando frecuentemente mayores niveles de inequidad social, económica, y cultural, así como actitudes negativas, estereotipos, estigma, violencia y aislamiento”.
“Resulta entonces necesario reflexionar sobre cómo garantizar efectivamente este derecho en los casos en que la niña, niño o adolescente sea sordo, de modo tal que su condición no sea un obstáculo para el acceso pleno a la justicia”, subraya.
Asimismo, recuerda el legislador que “los niños dejaron de ser objetos de tutela para convertirse en verdaderos sujetos de pleno derecho a partir de la Ley Nacional N°26061”.
Esta nueva reforma provincial se enmarcaría también en los avances logrados por leyes anteriores como la Nº 3164 (protección a personas con discapacidad auditiva) y la 5582, aprobada en 2022, que promueve la enseñanza de la Lengua de Señas Argentina en las instituciones.
