Reforma penal: un proyecto propone cambios en audiencias y procedimientos

El legislador César Domínguez presentó en la Legislatura de Río Negro una iniciativa que propone una serie de modificaciones al Código Procesal Penal provincial (Ley P 5020).

Según se detalla en los fundamentos del proyecto, el Código vigente “representó un avance significativo hacia un sistema acusatorio”, pero la experiencia de aplicación dejó en evidencia “situaciones de la práctica judicial que no fueron previstas al momento de su sanción”. En ese marco, el texto propone introducir ajustes normativos para “mejorar la eficiencia del proceso penal y reducir demoras innecesarias”.

Uno de los ejes de la iniciativa es el fortalecimiento del principio de oralidad. Al respecto, el proyecto sostiene que los planteos de las partes y las decisiones judiciales deben debatirse “principalmente en audiencias”, con intervención directa de fiscales, defensores y jueces, evitando un uso excesivo de escritos que, según se señala, “tienden a ralentizar el trámite de las causas”.

En relación con la publicidad de las audiencias, el texto remarca que estas deben ser “públicas y abiertas”, permitiendo el acceso de la ciudadanía como mecanismo de control y transparencia. En ese sentido, se aclara que la publicidad debe garantizarse “aun cuando las audiencias se realicen bajo modalidades virtuales o mixtas”, salvo las excepciones previstas por la ley.

El proyecto también introduce precisiones sobre el principio de oportunidad, que habilita al Ministerio Público Fiscal a prescindir total o parcialmente de la persecución penal en determinados supuestos. Según los fundamentos, esta herramienta busca “optimizar los recursos del sistema penal”, siempre bajo control judicial y con resguardo del debido proceso.

Asimismo, la iniciativa propone modificaciones vinculadas a la reformulación de cargos, el procedimiento de flagrancia y el desarrollo de las audiencias, con el objetivo de dotar al sistema de “mayor claridad procedimental y previsibilidad”.

Por último, el texto mantiene el esquema de juicio por jurados, al que define como una expresión de la “participación ciudadana en las decisiones penales más relevantes”, en línea con los principios constitucionales vigentes.