Un nuevo proyecto de ley presentado en la Legislatura de la Provincia de Río Negro busca un reconocimiento formal y la recategorización de los camilleros y camilleras del sistema público provincial.
La iniciativa, impulsada por Magdalena Odarda (Vamos con Todos), propone modificar la Ley L nº 1844 para crear oficialmente el “Servicio de Camilleros”.
Actualmente, las normativas vigentes encuadran a estos trabajadores dentro del “departamento de enfermería” como un simple servicio de apoyo. Sin embargo, el proyecto argumenta que “debido a la naturaleza de sus funciones y su contacto directo con el paciente, deben ser incluidos bajo el agrupamiento de Auxiliar Asistencial”.
Un eslabón vital en la atención médica
Lejos de ser una tarea puramente de fuerza física, los fundamentos del proyecto destacan que “la labor del camillero requiere de precisión, destreza, habilidad y conocimientos específicos. Estos trabajadores no solo se encargan de trasladar pacientes en camillas o sillas de ruedas hacia quirófanos, áreas de estudios diagnósticos o al momento del alta, sino que también aplican técnicas manuales y mecánicas que garantizan la integridad de los enfermos”.
Además afirma que “su rol es fundamental en situaciones de emergencia institucional y evacuaciones rápidas. El manejo de pacientes críticos requiere que los camilleros conozcan el funcionamiento de diversas herramientas y accesorios, manejen los códigos médicos de las instituciones y cuenten con nociones sólidas sobre el control de infecciones”.
Nuevas funciones y límites claros
De aprobarse la normativa, se incorporarán los artículos 47 bis, 47 ter y 47 quater al Escalafón del Personal de la Administración Pública. Estos artículos definirán por primera vez un marco de actuación específico.
Entre las funciones obligatorias se destacan pasar al paciente de la cama a la camilla o silla de ruedas y trasladarlo a los servicios requeridos; colaborar con enfermería en la movilización de enfermos para tareas de higiene; trasladar óbitos a la morgue; garantizar el derecho a la intimidad del paciente e identificar correctamente el tipo de traslado a realizar y registrar fehacientemente los datos del paciente y el traslado realizado.
Para evitar abusos y desvíos en sus tareas, la ley también establece prohibiciones explícitas. Los camilleros no deberán realizar tareas de cadetería o cafetería, no transportarán fluidos biológicos (como sangre, orina o cultivos) ni material de anatomía patológica, y tampoco estarán obligados a retirar o repartir material de esterilización.
Capacitación continua y el ejemplo de Bariloche
La propuesta hace hincapié en la formación profesional. El artículo 47 quater obliga al Ministerio de Salud a implementar programas regulares de capacitación y perfeccionamiento en materia de “Traslados Médicos”. Se exige que los trabajadores participen en cursos sobre mecánica básica, manejo de pacientes politraumatizados, eventos neurológicos y patologías cardiovasculares, donde la cinemática del traslado puede afectar severamente la condición hemodinámica del enfermo.
El proyecto de ley toma como referencia y ejemplo el trabajo del Hospital Zonal “Ramón Carrillo” de San Carlos de Bariloche (un centro de complejidad 6 con 150 camas y terapias intensivas), donde el servicio de camilleros ya había recibido capacitaciones específicas impulsadas por el departamento de enfermería en 2013.
A su vez, los fundamentos de la ley expresan un reconocimiento especial al sindicato ATE Seccional Bariloche y a los trabajadores de este nosocomio por su invalorable aporte al sistema de salud provincial.
