La reforma parlamentaria propone que estas entidades locales puedan establecer servicios públicos esenciales y fijen sus respectivas tasas retributivas sin necesidad de requerir la autorización previa del Ministerio de Gobierno.
De aprobarse la modificación, bastará con “notificar a la autoridad de aplicación con una antelación de treinta días”, de este modo las Comisiones de Fomento de Río Negro podrían “dar un paso decisivo hacia su autonomía financiera y administrativa”.
La iniciativa es impulsada por los legisladores Luciano Delgado Sempé, Fabián Pilquinao y José Luis Berros (Vamos con Todos). En sus fundamentos, los autores sostienen que la exigencia de autorización vigente “condiciona la efectiva posibilidad de cobrar una tasa a una fructífera negociación política entre el comisionado y las autoridades provinciales que no siempre alcanza el resultado esperado”.
El objetivo central de la normativa es “equiparar las condiciones de vida en las comisiones de fomento con las del resto de los municipios de la provincia”. Además, busca fomentar el desarrollo territorial dejando a los vecinos “al margen de las posibles pujas políticas” y proyectar a estas comunidades hacia “la búsqueda de su autonomía plena”.
Por otro lado, el proyecto actualiza el régimen de sanciones (multas, suspensiones o destituciones). Se sustituye el concepto de “brevedad” por el de “plazo razonable” y “debido proceso”, argumentando que “cuando se hallan afectados derechos fundamentales de los administrados, lo más apropiado es que los procedimientos de la administración se atengan a ellos”.
