Avanza la creación de un registro para quienes rechacen transfusiones de sangre

La Legislatura de Río Negro aprobó en primera vuelta y por mayoría la creación de un registro provincial en el que las personas podrán dejar asentada anticipadamente su decisión de no recibir transfusiones sanguíneas por razones religiosas o de conciencia.

La nueva ley establece un marco de actuación para los equipos sanitarios ante situaciones de urgencia y busca brindar seguridad jurídica tanto a los pacientes como a los profesionales que deben tomar decisiones en escenarios críticos.

Los establecimientos de salud públicos y privados estarán obligados a consultar el registro antes de realizar una transfusión. Cuando exista una constancia expresa, válida, escrita y actualizada de la negativa del paciente, el personal deberá respetar esa voluntad, de acuerdo con la Ley Nacional Nº 26.529 de Derechos del Paciente.

En cambio, si la persona se encuentra imposibilitada de manifestar su decisión, existe un riesgo de vida inminente y no hay una directiva anticipada o documentación válida y accesible, el equipo médico podrá realizar la transfusión para preservar su vida y su salud.

La ley busca que, frente a estos casos, los profesionales puedan actuar con pautas claras y que la voluntad de cada persona sea respetada cuando se encuentre debidamente acreditada.

Durante el tratamiento de la iniciativa, uno de los autores, el legislador Javier Acevedo (ARI-Cambiemos) sostuvo que la norma viene a cubrir un “vacío normativo real” que obliga a los equipos médicos y a la Justicia a tomar decisiones urgentes en situaciones límite.

“Este no es un debate abstracto ni importado de otra realidad. Es un conflicto que se presenta con relativa frecuencia en las guardias de nuestros hospitales”, afirmó.

Para respaldar esa postura, Acevedo recordó dos casos ocurridos en Río Negro. El primero fue el de un niño de seis años en Bariloche, cuyos padres, integrantes de los Testigos de Jehová, se oponían a una transfusión de sangre. Señaló que la Justicia autorizó el procedimiento priorizando el derecho del menor a la vida y a la salud, en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño.

El legislador destacó que la jueza María Marcela Pájaro sostuvo en aquella resolución que la responsabilidad parental debe ejercerse conforme a los principios del Código Civil y Comercial y que ningún derecho es absoluto cuando está en juego la vida o la salud de un menor. También remarcó que, finalmente, los padres aceptaron la decisión y agradecieron al equipo médico por haber salvado la vida del niño.

Acevedo también recordó un hecho ocurrido en Viedma en abril de 2025, cuando un motociclista ingresó inconsciente al Hospital Zatti tras sufrir un grave accidente. Según explicó, familiares del paciente se opusieron a la transfusión por motivos religiosos, pero la jueza Ana Carolina Scoccia autorizó el procedimiento al considerar que el hombre no había dejado directivas anticipadas por escrito y que existía un riesgo vital inmediato.

El legislador señaló que la magistrada ponderó el derecho a la libertad religiosa, pero entendió que, ante la ausencia de una manifestación expresa de voluntad y la urgencia del cuadro clínico, correspondía privilegiar la protección de la vida.

“En ambos casos fueron los jueces, y no la ley, quienes tuvieron que construir sobre la marcha una solución mientras el paciente estaba en riesgo de vida”, expresó Acevedo.

En ese sentido, sostuvo que el proyecto aprobado no crea un criterio nuevo, sino que brinda un marco legal claro para los equipos de salud, incorporando en la legislación los principios que ya vienen aplicando los tribunales en este tipo de situaciones.

“Lo que esta ley hace es poner por escrito, con anticipación y previsibilidad, el criterio que nuestros propios tribunales ya vienen aplicando por la inexistencia de una norma específica”, concluyó.

“No es de aplicación práctica”

La legisladora Patricia Mc Kidd anticipó el voto negativo, argumentando que la iniciativa presenta objeciones en su validez jurídica, su aplicación práctica y su conveniencia política.

Durante el debate sostuvo que la normativa invade competencias que ya se encuentran reguladas por la legislación nacional, en particular por la Ley 26.529 de Derechos del Paciente, que ya contempla cómo proceder en situaciones que involucran a menores de edad, así como también establece los derechos de los pacientes y las facultades de los profesionales de la salud para actuar en casos de extrema gravedad.

También advirtió que el proyecto podría generar “inseguridad jurídica” para los equipos médicos. “Siembra dudas procesales y expone a los médicos a futuros litigios”, sostuvo, al considerar que la propuesta podría complicar la toma de decisiones en situaciones de urgencia.

Otro de los cuestionamientos estuvo centrado en la aplicación práctica de la norma, especialmente en una provincia con fuerte actividad turística como Río Negro. Como ejemplo, planteó qué ocurriría si una persona oriunda de otra provincia sufriera un accidente grave o una emergencia pediátrica. “¿Qué hacemos? ¿Vamos a ir a pedir un registro a cada provincia de donde son los implicados en el incidente? ¿Cómo se hace para resolver rápidamente? Ahí corre riesgo la vida de la persona que está accidentada”, expresó.

Vamos con Todos propuso reforzar la protección de menores

La legisladora Ayelén Spósito (Vamos con Todos) respaldó el proyecto y destacó una modificación incorporada al texto para brindar mayor respaldo a los profesionales de la salud cuando se trate de menores de edad. Explicó que su bloque impulsó cambios en el artículo 4 de la iniciativa con el objetivo de dejar en claro que, cuando la vida de un menor se encuentre en riesgo, los equipos médicos puedan actuar aun frente a la negativa de sus familiares.

Spósito también respondió a las críticas formuladas respecto de las dificultades que podría generar la aplicación de la norma. “Yo creo que es todo lo contrario. Viene a facilitar el trabajo en un momento de una emergencia cuando una persona está inconsciente”, afirmó.

No obstante, consideró que uno de los desafíos será la reglamentación de la ley y la implementación del registro previsto en la iniciativa.

En ese sentido, planteó la posibilidad de que la información quede incorporada a las historias clínicas digitales, de manera que los equipos de salud puedan conocer rápidamente si un paciente dejó asentada previamente su decisión de rechazar determinados tratamientos.

La legisladora aclaró que el debate se centra exclusivamente en situaciones en las que el paciente se encuentra inconsciente, ya que cuando está lúcido puede recibir toda la información médica y decidir libremente si acepta o rechaza un tratamiento mediante el consentimiento informado.

Finalmente, sostuvo que la norma brindará mayor seguridad a los profesionales de la salud, quienes muchas veces deben actuar en situaciones críticas y luego afrontar procesos judiciales por las decisiones adoptadas.

Mansilla advirtió sobre riesgos en emergencias

La legisladora Yolanda Mansilla (Primero Río Negro) votó en contra el proyecto y sostuvo que podría poner en riesgo el derecho a la vida y generar serias dificultades para los profesionales de la salud en situaciones de emergencia. “En síntesis, lo que hace es crear un registro para que el médico averigüe si yo presté mi consentimiento para una transfusión de sangre o no”, resumió.

La diputada diferenció el consentimiento informado previsto en la Ley Nacional 26.529 de la situación contemplada por el proyecto. Explicó que la legislación vigente regula los casos en que el paciente está consciente, puede dialogar con el médico, recibir información sobre las consecuencias de aceptar o rechazar un tratamiento y tomar una decisión libre.

“Soy yo, consciente, con plena voluntad y sin vicios de la voluntad, quien puede determinar si se somete a un tratamiento o no”, señaló. En cambio, advirtió que la iniciativa apunta a situaciones en las que el paciente se encuentra inconsciente, lo que, a su criterio, podría demorar decisiones médicas urgentes.

Como ejemplo, planteó el caso de una persona que sufre un accidente de tránsito y necesita una transfusión inmediata. “Primero el médico va a tener que averiguar si esa persona figura en el registro y mientras tanto pasan los minutos y la persona se está muriendo”, sostuvo.

También cuestionó la posibilidad de que el profesional de la salud deba consultar el registro aun cuando familiares o acompañantes manifiesten conocer la voluntad del paciente, ya que esa decisión podría haber cambiado con el tiempo. “El médico tiene que averiguar igual, porque yo capaz que cambié de opinión y vos no te enteraste. Y mientras, me muero”, ejemplificó.

Otro de los puntos planteados por Mancilla fue la dificultad de aplicar un registro de carácter exclusivamente provincial. Como ejemplo, señaló que un rionegrino podría sufrir un accidente en otra jurisdicción donde ese registro no exista, lo que, según dijo, demuestra las limitaciones prácticas de la propuesta.

La legisladora también hizo referencia al compromiso ético de los médicos de preservar la vida y sostuvo que la norma podría trasladarles una responsabilidad excesiva en momentos críticos.

Respecto de los menores de edad, expresó su acuerdo con que prevalezca la protección de la vida y recordó los antecedentes judiciales mencionados durante el debate, en los que la Justicia autorizó transfusiones pese a la negativa de los representantes legales.

Finalmente, insistió en que Río Negro aún no cuenta con las condiciones necesarias para implementar un sistema de estas características. “¿Estamos preparados en Río Negro para tener este registro? No tenemos conectividad, las rutas están destruidas y podemos llegar a legislar algo que termine siendo más perjudicial que favorable”, concluyó.