La iniciativa apunta a inmuebles bajo el régimen de Propiedad Horizontal común constituidos antes de la Ley 3086. Busca eliminar la exigencia de acuerdo unánime entre copropietarios para regularizar mejoras hechas en una segunda planta. Su alcance se limita a construcciones de hasta dos plantas que respeten los Códigos de Edificación municipales.
Propietarios de viviendas ubicadas en barrios cerrados bajo el régimen de Propiedad Horizontal común atraviesan dificultades para regularizar ampliaciones, mejoras o modificaciones realizadas en una segunda planta. El problema aparece cuando esas construcciones son anteriores a la Ley 3086 y a la Resolución 321/19 de la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, ya que el trámite requiere el consenso unánime del resto de los copropietarios para acceder a mensuras, certificaciones y registros.
El legislador Javier Acevedo (CC ARI) presentó una propuesta legislativa para resolver esa situación mediante un régimen de excepción. El texto plantea regularizar la situación dominial de esos inmuebles sin exigir el acuerdo de los demás propietarios por el uso del espacio aéreo común.
La iniciativa limita su alcance a construcciones de hasta dos plantas —planta baja y primer piso—, criterio que los fundamentos justifican por “la baja afectación a la propiedad común”. El proyecto autoriza los trámites de mensura y registro correspondientes, siempre que no se vulneren los Códigos de Edificación municipales.
Los fundamentos sostienen que la legislación y la normativa vigente “dejan zonas grises” que en ciertos casos “perpetúan o profundizan” situaciones de hecho previas a su sanción. Además remarcan el carácter excepcional que tendría la nueva regulación, circunscripta a los barrios cerrados constituidos antes del régimen de Consorcios Parcelarios.
De aprobarse, el proyecto permitiría destrabar la regularización dominial de inmuebles en barrios cerrados de la provincia, sin necesidad de gestionar acuerdos unánimes entre copropietarios.
